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Recursos / Glosario actoral / Contrato de artista
El contrato laboral especial con el que se contrata a actores y actrices por obra o por días.
Cuando una productora te contrata por días, por una obra o por una temporada, normalmente lo hace con un contrato de la relación laboral especial de artistas. Cobras con nómina y la empresa cotiza por ti a la Seguridad Social.
La retención mínima de IRPF en estos contratos es del 2 % (Real Decreto 31/2023). Si en vez de contrato emites factura, la retención general es del 15 %, o del 7 % en los casos previstos.
Guarda siempre tus nóminas y el certificado de retenciones: los necesitarás en la declaración de la renta. Antes de aceptar, pregunta si será nómina o factura, porque lo que te llega al bolsillo cambia bastante.
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